Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda aprobada definitivamente la ordenanza reguladora del aprovechamiento de pastos públicos o comunales,

cuyo texto integro se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7 /1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
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